Contratos de Adhesión de Transferencias y Pagos Electrónicos PM

AVISO DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE EMISIÓN Y DEPÓSITO MERCANTIL DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO COMERCIAL “TRANSFERENCIAS Y PAGOS ELECTRÓNICOS PM”

Ciudad de México a 02 de abril de 2025.

Apreciable Cliente:

Le comunicamos que el Contrato de Emisión y Depósito Mercantil de Fondos de Pago Electrónico, inscrito en el Registro de Contratos de Adhesión (“RECA”) que administra la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (“CONDUSEF”), con el número 15640-458-035308/06-03044-1124 (“Contrato”), que usted tiene celebrado con Sistema de Transferencias y Pagos STP, S.A. de C.V. Institución de Fondos de Pago Electrónico ("STP") respecto del producto comercial denominado Transferencias y Pagos Electrónicos PM, ha sufrido modificaciones, las cuales surtirán efectos a partir del día 02 de mayo de 2025, es decir, una vez transcurridos los 30 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del presente aviso, de conformidad con la Cláusula Vigésima Segunda del Contrato que tiene suscrito con STP y el primer párrafo del artículo 24 de las Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF en materia de transparencia y sanas prácticas a las instituciones de tecnología financiera (“Disposiciones”).

Con motivo de lo anterior, la nueva versión del Contrato que incluye dichas modificaciones se encuentra inscrita en el RECA con el número 15640-458-035308/07-00776-0425, la cual se podrá consultar en el sitio web de STP https://stp.mx, específicamente en la sección "Contratos de adhesión", así como en la página web www.condusef.gob.mx, correspondiente a la CONDUSEF.

A continuación, se hace referencia a las modificaciones aplicadas al Contrato, acorde a lo siguiente:

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA MODIFICACIÓN

APARTADO, CAPÍTULO Y/O CLÁUSULA MODIFICADA

El inciso n) del párrafo primero se cambió por la letra m)

CAPÍTULO PRIMERO
OBJETO DEL CONTRATO

CLÁUSULA PRIMERA.
Objeto

Se modificó el numeral 2 del primer párrafo para especificar que para efectos de cobro en moneda nacional se tomará como referencia el valor de la UDI que haya determinado el Banco de México para el último Día Hábil del mes en el que se haya devengado esta cuota.

Se modificó el numeral 4 del primer párrafo para especificar que para efectos de cobro en moneda nacional se tomará como referencia el tipo de cambio (FIX) que determine el Banco de México para el último Día Hábil del mes en el que se haya devengado esta cuota.

Se modificó el numeral 5 del primer párrafo para especificar que para efectos de cobro en moneda nacional se tomará como referencia el tipo de cambio (FIX) que determine el Banco de México para el último Día Hábil del mes en el que se haya devengado esta cuota.

Se modificó el cuarto párrafo para autorizar expresamente a STP para que, en cualquier momento, pueda realizar cargos en la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico por cualquier concepto que el Cliente adeude a STP, que se refieren de forma enunciativa más no limitativa.

CAPÍTULO CUARTO
DE LAS COMISIONES.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.
Comisiones y autorización de cargo a la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico.

Se modificó el primer párrafo para autorizar expresamente a STP para que, en cualquier momento, pueda realizar cargos en la Cuenta de Fondos de Pago Electrónico por cualquier concepto que el Cliente adeude a STP, que se refieren de forma enunciativa más no limitativa.

AUTORIZACIÓN DE CARGO A LA CUENTA DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO

Le recordamos que, en términos del penúltimo párrafo del artículo 24 de las Disposiciones, usted tiene derecho a dar por terminado el Contrato en caso de no estar de acuerdo, sin que se le pueda cobrar algún importe adicional por este hecho, con excepción de los adeudos que, en su caso, ya se hubieran generado a la fecha en que solicite dar por terminado el Contrato. Lo anterior lo podrá realizar dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación del presente aviso, sin responsabilidad alguna a su cargo y bajo las condiciones pactadas originalmente. La cual podrá realizar a través del correo electrónico atencionaclientes@stpmex.com o al Teléfono 5552648418 opción 1-1, conforme al procedimiento establecido en la Cláusula Vigésima Cuarta de su Contrato.

Asimismo, ponemos a su disposición para cualquier consulta, aclaración y/o reclamación los datos de la Unidad Especializada de Atención a Clientes de STP (“UNE”): Avenida Insurgentes Sur número 1425 Piso 10, Colonia Insurgentes Mixcoac, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, México, C.P. 03920, Teléfono: 55 5264 8418, Ext. 1132 correo electrónico: unidad.especializada@stpmex.com.

ATENTAMENTE

SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y PAGOS STP, S.A. DE C.V.,
INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO.